Banner .- Desincentivo al consumo excesivo

Conoce las preguntas frecuentes sobre el Desincentivo al Consumo Excesivo de Agua Potable

1. Generalidades de aplicación de la resolución

2. ¿A partir de qué momento comienza a regir la medida?

3. ¿Esta medida es de carácter provisional o permanente?

4. ¿A quién está enfocada la medida de desincentivo de consumo excesivo?

5. ¿La medida le aplica a los suscriptores residenciales que no tienen micro medición?

6. ¿Qué le debo cobrar a los suscriptores según la resolución de desincentivo?

7. ¿Cómo realizar el proceso de cobro a los usuarios que sobrepasen los límites de desincentivo?

8. ¿Cómo afectará los subsidios de los usuarios?

9. Indicar un  ejemplo práctico del cálculo del desincentivo al consumo excesivo 

10. ¿Todos los suscriptores residenciales están sujetos a la medida?

11. ¿Todos los prestadores de acueducto deben aplicar la medida?

12. ¿Quién es el encargado de identificar si la persona prestadora está incluso en alguna de las excepciones de la resolución? 

13. ¿Cómo identificar si al prestador le aplica una excepción si la autoridad ambiental competente no ha entregado la información de caudal ecológico?

14. ¿Los prestadores con contrato de suministro deben aplicar la medida?

15. ¿Qué pasa con los recursos que son recaudados por concepto del cobro a los suscriptores que sobrepasan el volumen identificado como consumo excesivo?

16. ¿Quién es el responsable de los recursos que se giran al FONAM?

17. ¿Qué pasa con el dinero que se envía al FONAM por concepto del desincentivo al consumo excesivo de agua potable?

18. ¿Cuál es el llamado a la ciudadanía?

19. ¿En qué forma pueden vincularse los usuarios para no verse afectados con la medida?

 20.  ¿Cuál es llamado a los prestadores del servicio?

 

En el documento adjunto consulta las respuestas.