Clasificación
3.1. ¿Por la cual se imponen las condiciones que deben regir el servicio de facturación conjunta del servicio público de aseo entre la Empresa Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P. y la Asociación de Usuarios de Acueducto y Saneamiento Básico de Casablanca como prestador del servicio público domiciliario de acueducto¿
Archivo Adjunto
Datos de Referencia
Norma Nº
742
Fecha de Expedición
2015
Estructura del Sitio
Migración
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