bases NMTAYA

La CRA, comprometida con mejorar la calidad de sus intervenciones y en el marco de las buenas prácticas regulatorias y con el fin  evaluar el cumplimiento de los objetivos regulatorios contenidos en la Resolución CRA 825 de 2017, realizó  durante las vigencias  2021 y 2022  una serie de  consultas y mesas de trabajo con distintos actores sectoriales, dentro de los cuales se destacan: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Agencia de Cooperación Suiza, gestores de los Planes Departamentales de Agua de los departamentos de Cundinamarca, Bolívar y Valle del Cauca, y 72 pequeños prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado de 17 departamentos.

Con la información obtenida en dichos escenarios, la Comisión elaboró una caracterización de la demanda y oferta de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, se identificaron los objetivos de la política y normatividad sectorial expedidos durante la vigencia de la actual etapa tarifaria contenida en la Resolución CRA 825 de 2017 y evaluó el estado de los indicadores de prestación del servicio, así como de la aplicación del marco tarifario por parte de los pequeños prestadores.

Lo anterior, permitió determinar los avances, problemas y objetivos regulatorios que serán la base para la identificación de las alternativas regulatorias las cuales se incluirán en el nuevo marco tarifario para pequeños prestadores. En tal sentido, se presenta el documento que contiene las bases sobre las cuales se efectuarán los estudios para determinar la nueva metodología tarifaria aplicable a los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atienden hasta 5.000 suscriptores en el área urbana y aquellos que prestan el servicio en el área rural.

La intencionalidad regulatoria para la cuarta etapa tarifaria debe considerar las limitaciones de información sobre el estado de la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, la baja aplicación de la metodología tarifaria por parte de los pequeños prestadores y la baja disposición y capacidad de pago de los suscriptores del servicio. En este sentido, las nuevas fórmulas tarifarias deben ser: i) simples de entender y fáciles de aplicar, ii) diferenciadas, iii) flexibles y iv) progresivas. Lo anterior, permitirá generar confianza en los prestadores y usuarios del servicio sobre la necesidad e idoneidad de la regulación, la importancia de su aplicación y la necesidad de del pago oportuno por recibir un servicio de calidad

A partir de la expedición de estas bases, la entidad iniciará la elaboración de los respectivos estudios. Los resultados obtenidos en dichos estudios serán socializados con la ciudadanía, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.

Lo invitamos a consultar las bases haciendo clic aquí